Las cámaras de vigilancia en la vía pública no podrán ser instaladas por empresas de seguridad privada o por ciudadanos, la instalación de cámaras de videovigilancia en la calle corresponde única y exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No obstante, existen EXCEPCIONES.

Deberemos estar en todo caso a lo que dicte la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), así como, la Ley de Seguridad Privada, ya que, mantienen ciertas coincidencias respeto al tema.

¿Qué pasa si grabo la vía pública desde una cámara de vigilancia instalada en un espacio privado?

Hay ocasiones en las que necesitamos proteger o vigilar espacios privados, resultando inevitable grabar alguna parte de la vía pública. Algunos casos habituales son, por ejemplo, las cámaras que graban el acceso a portales, garajes o zonas comunes de urbanizaciones. En dichos casos, las cámaras y videocámaras no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas.

A pesar de ello, será necesario cumplir una serie de obligaciones impuestas por la normativa vigente:

  1. Realizar un registro de actividades del tratamiento.
  2. Colocar carteles de zona videovigilada en un lugar visible, en los que se informe sobre el responsable o encargado del tratamiento, y las vías para ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
  3. Garantizar que el acceso a las imágenes grabadas estará limitado al responsable. En caso de que la conexión a las imágenes se haga a través de internet, se deben establecer las medidas de seguridad adecuadas (por ejemplo, restringir el acceso mediante usuario y contraseña).
  4. Asegurar que el lugar donde está instalado el sistema de grabación solo está accesible a personal autorizado.
  5. Cumplir con los plazos de conservación de datos (obligación de guardar las imágenes durante un mes).

Ahora vamos a ver que hay que tener en cuenta en algunas zonas más comunes donde se suelen instalar cámaras de videovigilancia:

En todo lo anterior, no podrán captarse imágenes de la vía pública, terrenos y viviendas colindantes o de cualquier otro espacio ajeno, salvo que resulte imprescindible para la finalidad perseguida. 
Si se utilizan cámaras orientables y/o con zoom será necesaria la instalación de máscaras de privacidad para evitar captar imágenes de la vía pública, terrenos y viviendas de terceros.

CONSECUENCIAS DE NO CUMPLIR CON LA NORMATIVA

Si no se cumple con lo dispuesto en la ley de protección de datos sobre instalación de cámaras de videovigilancia, nos arriesgamos a una sanción económica.

Las  multas por cámaras de vigilancia dependen de la cantidad de cámaras colocadas, el número de personas afectadas, la duración en el tiempo de la infracción o el uso que se haga de las imágenes, entre otros.

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