A diferencia del Plan de Igualdad, los Protocolos de Prevención Contra el Acoso Laboral son obligatorios para todas las empresas independientemente del número de trabajadores que tenga.
Dicha obligación está implícita en:
“las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”.
Desde nuestro punto de vista un Protocolo de Prevención de Acoso Sexual debe contener:
El Protocolo Contra el Acoso Laboral consiste en un INFORME para prevenir y llevar a cabo el tratamiento del acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
Es una HERRAMIENTA con la que cuenta la empresa de cara a la implantación de las MEDIDAS PREVENTIVAS necesarias para erradicar estas conductas en las organizaciones.
Este documento recoge los procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual por razón de sexo en el trabajo, incluyendo las pautas para identificar una situación de acoso y el procedimiento a seguir en caso de que ocurra.
Desde PROCODEN S.L., te apoyamos desde el principio en todo el proceso de implantación, elaborando y asesorando en todas las fases del Protocolo.
En caso de que la empresa sufra una denuncia por un caso de acoso sexual o por razón de sexo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le solicitará las medidas, que, en esta materia, la empresa tiene adoptadas o en su caso el Protocolo Preventivo contra el Acoso Sexual o por Razón de Sexo, para graduar de esta forma la sanción a imponer.
Al ser de obligado cumplimiento, no contar con un protocolo de acoso puede acarrear diferentes tipos de sanciones:
Desde PROCODEN, S.L., contamos con especialistas del área legal que están elaborando ya Protocolos de Prevención de Acoso para evitar situaciones de discriminación por razones de género, entre otras.
Llámanos : 966 45 56 43 te atenderán nuestros mejores expertos.
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ACEPTARTenemos el placer de comunicarles que gracias a valores como profesionalidad, excelencia y entusiasmo, los cuáles han estado presentes en todo momento en el desarrollo de nuestro trabajo, así como, y no menos importante, la confianza como clientes que habéis depositado en nosotros, podemos decir abiertamente, que nos hemos consolidado a nivel nacional como una empresa líder en el sector de la protección de datos de carácter personal.
Como prueba de ese crecimiento empresarial podemos decir que ya contamos con más de 1.000 clientes que confían cada día en nosotros. Como contrapartida a este crecimiento, debemos estar en la obligación de potenciar nuestra empresa para poder estar a la altura de las exigencias que demandan cada uno nuestros clientes. En consecuencia, a día de hoy contamos con nuevos profesionales especializados en informática, ciberseguridad, abogados, consultores,.. . Asimismo, y debido a la creciente demanda de clientes que operan principalmente en lenguas distintas a la española, hemos considerado pertinente la creación de un departamento específico para la prestación de nuestros servicios en diversos idiomas.
El presente año, además, ha venido marcado por el reciente cambio que se ha producido en materia de protección de datos personales. La aplicación definitiva del Reglamento General de Protección de Datos (en sus siglas, RGPD) desde el 25 de mayo de este año, ha supuesto una profunda transformación del marco normativo regulatorio que teníamos hasta el momento.
Dentro de esta transformación, destaca, en virtud del principio de responsabilidad proactiva, la necesidad de realizar un análisis de riesgos que determine las medidas técnicas y organizativas que se deban implantar con la finalidad de garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental. Asimismo, hay que hacer mención a la necesidad en su caso, de proceder a efectuar una evaluación de impacto en la protección de datos personales en aquéllos tratamientos específicos que así lo requieran (EIPD), así como la necesidad de estar en disposición de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico (Plan de Contigencia y Continuidad del Negocio).
Todas estas nuevas obligaciones, como ya habréis tenido la ocasión de comprobar, han supuesto la implementación de nuevos servicios con la finalidad de que todos los tratamientos que realicéis sean conformes al RGPD, así como la implementación de una nueva plataforma online adaptada a la nueva normativa.
También queremos hacer especial mención a los nuevos retos que queremos afrontar en este 2019. Este año, añadiremos a nuestro catálogo los servicios de implantación de medidas para la prevención del blanqueo de capitales, así como la Compliance o manual de prevención de delitos. A lo largo del presente año os iremos informando de cada uno de estos servicios.
Por último y dentro de nuestra política empresarial de crecimiento y expansión, hemos decidido cambiar nuestra imagen comercial, a partir del próximo año 2019 vamos a utilizar un nuevo nombre comercial (PROCODEN).